El requerimiento de pago es la fase más rápida y económica del recobro. Una carta bien preparada muestra al deudor que el caso está documentado y que existe una posibilidad real de acudir a los tribunales. Muchas empresas pagan en esta fase.
Qué debe incluir un requerimiento eficaz
- Identificación precisa del acreedor y del deudor (nombre o razón social, NIP, direcciones).
- Fundamento de la reclamación: número de factura o contrato y fecha de prestación del servicio o entrega.
- Importe principal e intereses de demora calculados (indicando su fundamento).
- Para transacciones B2B: indemnización por costes de recobro (40/70/100 EUR), explicada en artículo aparte.
- Plazo de pago (normalmente 7 o 14 días) y número de la cuenta bancaria para el pago.
- Información sobre los siguientes pasos en caso de impago (vía judicial y costes a cargo del deudor).
Qué plazo fijar
La práctica habitual es conceder 7 o 14 días desde la recepción. Un plazo más corto acelera el asunto; uno más largo puede justificarse con socios comerciales habituales con los que desea seguir colaborando. Lo importante es que el plazo sea claro y calculable.
Cómo entregar el requerimiento
La opción más segura es enviarlo por correo certificado con acuse de recibo y, en paralelo, por correo electrónico. La prueba de envío y entrega puede servir ante el tribunal para demostrar que el deudor tuvo la oportunidad de pagar amistosamente.
¿Enviar un segundo requerimiento o acudir directamente a los tribunales?
Normalmente basta con un requerimiento riguroso. Una segunda carta tiene sentido si el deudor se ha puesto en contacto y promete pagar. Si guarda silencio, más avisos solo retrasan el cobro mientras la reclamación se acerca a la prescripción.
¿Prefiere no redactarlo usted mismo?
Presente su caso en línea: prepararemos un requerimiento con el cálculo completo de los intereses y seguiremos con el procedimiento, también ante el tribunal electrónico. Solo paga comisión sobre el importe efectivamente recuperado.
Este material tiene carácter informativo (estado a lipiec 2026) y no constituye asesoramiento jurídico; prepararemos una evaluación de su caso concreto después de que nos lo comunique.
¿Se encuentra en esta situación?
Notifíquela en línea: comisión solo si hay resultado, sin pagos por adelantado.*